Étude 1 sur 3 · L’arrestation de Jean le baptiste

  1. Étude 1 : L’arrestation de Jean le baptiste
  2. Étude 2 : Début de prédication en Galilée
  3. Étude 3 : Rappel de l'arrestation de Jean le baptiste

El ministerio de Juan el Bautista

  • El encarcelamiento de Juan el Bautista

    El artículo explora el encarcelamiento de Juan el Bautista por Herodes Antipas e ilustra una transición importante del ministerio de Juan al de Jesús como único Mesías reconocido. El acontecimiento, probablemente ocurrido en el año 30 d. C., constituye un giro crucial en el contexto religioso de la época, destacado mediante referencias a los Evangelios de Mateo, Marcos, Lucas y Juan.

    San Mateo 4.12 (Reina-Valera 1909) :
    Mas oyendo Jesús que Juan era preso, se volvió á Galilea;
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El comienzo del ministerio en Galilea

  • Comienzo de la predicación en Galilea

    La perícopa PER052 marca el comienzo oficial de la predicación de Jesús en Galilea después del encarcelamiento de Juan el Bautista. Mateo destaca la continuidad de ambos mensajes, que llaman al arrepentimiento. Este giro decisivo, situado en Cafarnaún hacia febrero-marzo del año 31, confirma el cumplimiento de las profecías mesiánicas y la entrada plena de Jesús en su ministerio público.

    San Lucas 9.7 (Reina-Valera 1909) :
    Y oyó Herodes el tetrarca todas las cosas que hacía; y estaba en duda, porque decían algunos: Juan ha resucitado de los muertos;
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De la segunda a la tercera fiesta de Pascua

  • Recordatorio del arresto de Juan el Bautista

    La perícopa PER164 recuerda las circunstancias del arresto de Juan el Bautista, relatadas por Mateo (14.3-5) y Marcos (6.17-20). Juan fue encarcelado por haber denunciado públicamente el matrimonio ilícito de Herodes Antipas con Herodías, ex esposa de su hermano. Marcos ofrece un retrato matizado de Herodes, ambiguo y fascinado por Juan, mientras que Mateo insiste en su temor a la multitud. Es Herodías quien empuja a la muerte del profeta, detenido en Maqueronte en marzo del año 32 d. C.

    Deuteronomio 24.1-4 (Reina-Valera 1909) :
    CUANDO alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y despedirála de su casa.Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.Y si la aborreciere aqueste último, y le escribiere carta de repudio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; ó si muriere el postrer hombre que la tomó para sí por mujer,No podrá su primer marido, que la despidió, volverla á tomar para que sea su mujer, después que fué amancillada; porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.
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